<img height="1" width="1" style="display:none" src="https://www.facebook.com/tr?id=315110238907577&amp;ev=PageView&amp;noscript=1">

Kit Digital: cómo solicitarlo, cuantía, plazos y requisitos

La limitación de presupuesto es uno de los principales impedimentos con los que se encuentran muchas empresas pequeñas, microempresas o autónomos para la digitalización. El Kit Digital ha llegado para romper esta barrera: es una oportunidad sin precedentes para acceder a distintas soluciones digitales y, así, ganar en productividad y competitividad.

¿Quieres saber más sobre estas subvenciones para la digitalización? En Posizionate te lo contamos.

 

Índice:


Quiero más información sobre un Sistema CRM

 

¿Qué es el Kit Digital?

El Kit Digital consiste en un bono para empresas pequeñas, microempresas y autónomos que debe emplearse para financiar una serie de soluciones tecnológicas preestablecidas (que veremos en el punto 3).

No se trata de un préstamo, sino de una ayuda a fondo perdido. También hay que tener en cuenta que la ayuda no la recibe en mano el beneficiado, sino que se entrega directamente a lo que se denomina agente digitalizador. Esto es, la empresa que se encargará de poner en marcha la solución digital.

Por su parte, la empresa beneficiaria del bono Kit Digital deberá aportar la parte del IVA al agente digitalizador, ya que la ayuda no cubre los impuestos.

 

¿Cuál es la cuantía del bono Kit Digital?

 

  • Segmento I. Pequeñas empresas entre 10 y 49 empleados. Hasta 12.000 .

  • Segmento II. Pequeñas empresas o microempresas entre 3 y 9 empleados. Hasta 6.000

  • Segmento III. Microempresas hasta 2 empleados y autónomos. Hasta 2.000.

 

 

Kit Digital: ¿qué tipo de soluciones digitales bonifica?

 

  • Sitio web. Bonificable hasta 2.000 € para los segmentos I,II y III.

  • Comercio electrónico. Bonificable hasta 2.000 € para los segmentos I,II y III.

  • Gestión de redes sociales. Bonificable hasta 2.500 € para los segmentos I y II; y hasta 2.000 € para el III.

  • Gestión de clientes. Bonificable hasta 4.000 € para el segmento I y hasta 2.000 € para los segmentos II y III.

  • Business Intelligence y analítica. Bonificable hasta 4.000 € para el segmento I, hasta 2.000 € para el segmento II y hasta 1.500 € para el segmento III.

  • Servicios de oficina virtual. Bonificable hasta 250 €/usuario.

  • Gestión de procesos. Bonificable hasta 6.000 € para el segmento I, hasta 2.000 € para el segmento II y hasta 500 € para el segmento III.

  • Factura electrónica. Bonificable hasta 1.000 € para los segmentos I y II y hasta 500 € para el segmento III.

  • Comunicaciones seguras. Bonificable hasta 125  €/dispositivo

  • Ciberseguridad. Bonificable hasta 125 €/dispositivo 

 

¿Quién puede solicitar el Kit Digital?

Desde el 15 de marzo ya pueden solicitar el bono Kit Digital las empresas del segmento I. Progresivamente, se irán abriendo plazos para los segmentos II y III. 

Las ayudas se concederán por orden de solicitud, aplicándose el régimen de

concurrencia no competitiva, de acuerdo con el artículo 62 del Real Decreto-ley 36/2020,

del 30 de diciembre. Después, se comprueba si las empresas solicitantes cumplen los requisitos para recibir la subvención.

Si tu empresa no es del segmento I, ponte en contacto con nosotros y te notificaremos cuando se abran los plazos.

 

CTA firma de correo electrónico kit digital

 

 

¿Qué requisitos debo cumplir para obtenerlo?

 

  • Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo (de 1 a 49 trabajadores).

  • Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas (Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014).

  • Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima establecida en las convocatorias (antigüedad de 6 meses para la convocatoria del segmento I).

  • No tener consideración de empresa en crisis.

  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

  • No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  • No superar el límite de ayudas de minimis (200.000 €). Las ayudas del Kit Digital están cubiertas por la normativa de minimis, por lo que se aplica este reglamento.

 

¿Cuáles son los plazos para el Kit Digital?

El plazo de solicitud del bono Kit Digital ya está abierto para las empresas del segmento I. Las ayudas se pueden solicitar hasta el 15 de septiembre a las 11:00 horas, o hasta que se acaben los fondos dispuestos para este segmento (500.000.000 €).

Una vez concedida la ayuda, las empresas tendrán 6 meses para gastarla en hasta 5 servicios de 1 año de duración.

Los plazos de los siguientes segmentos todavía están por determinar, pero se espera que el plazo para el segmento II se abra a partir de junio o julio y, para el segmento III, a partir de septiembre.

 

¿Qué documentación necesito para el Kit Digital?

 

  • Certificado acreditativo de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.

  • Certificado de plantilla media de trabajadores en situación de alta, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.

  • Certificado acreditativo de estar al corriente de sus obligaciones tributarias, expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

  • Certificado de Situación Censal expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o su equivalente de la Administración Foral, en la que se indique claramente el domicilio fiscal o centro operativo de la entidad solicitante y refleje las actividades económicas efectivamente desarrolladas, así como su antigüedad.

  • Certificado acreditativo de encontrarse al corriente de obligaciones relativas al reintegro de subvenciones.

 

¿Cómo es el proceso para solicitar las ayudas del Kit Digital?

Te recomendamos que, en primer lugar, recopiles toda la documentación que vas a necesitar. Una vez lo hayas hecho, el tiempo estimado para completar la solicitud es de entre 20 y 25 minutos. Para ello, sigue estos pasos:

 

  1. Registra a tu empresa en el área privada de Acelera Pyme.

  2. Accede con tu usuario y contraseña.

  3. Haz el test de Autodiagnóstico digital (solo es obligatorio realizar el primero).

  4. Solicita el bono para el Kit Digital. Una vez en la página pulsa sobre el botón acceder al trámite y sigue los pasos (puedes acceder con certificado digital).

  5. Una vez cumplimentado todo, te pondrán en tramitación.

  6. Cuando te avisen, ponte en contacto con tu agente digitalizador para firmar el acuerdo de servicios para la obtención del bono.

 

¿Cómo escoger agente digitalizador?

En Posizionate podemos ayudarte en el proceso de solicitud del Kit Digital, guiándote en el registro, evaluando los resultados del test diagnóstico y ayudándote con el proceso de transformación digital.

Como agente digitalizador, estamos dados de alta para desarrollar las siguientes soluciones digitales.

 

  • Sitio web y presencia en internet

  • Comercio electrónico

  • Business Intelligence y analítica

  • Servicios y herramientas de oficina virtual

  • Gestión de clientes 

  • Gestión de procesos

  • Gestión de redes sociales

 

No te lo pienses más y aprovecha esta oportunidad única para ganar en eficiencia y productividad en tu empresa.

Recibir asesoramiento Sistema CRM